Trabajo infantil la cara de un problema social profundo

Por: Dra. Elizabeth Espinoza Monroy,
Profesora de tiempo completo del Departamento de Derecho

En nuestro país no es difícil notar en las calles de las grandes ciudades a niños trabajando desde las 6 de mañana, tampoco es inimaginable la vida de un niño jornalero que en vez de preparase para asistir a la escuela o para jugar o simplemente convivir en familia se prepara para ir a trabajar y la mayoría de las veces sin haber recibido algún tipo de alimento. En México la mayoría de las deserciones a nivel secundaria y primaria son por falta de recursos económicos para continuar estudiando y por la imperiosa necesidad de trabajar para contribuir en la economía del hogar, de acuerdo a lo establecido en el convenio sobre la edad mínima de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) “La edad mínima de admisión a todo tipo de empleo o trabajo que por naturaleza pueda resultar peligroso para la salud, la seguridad o la moralidad de los menores no deberá ser inferior a dieciocho años”. Las cifras oficiales generalmente no concuerdan con las cifras que manifiestan las organizaciones no gubernamentales que enfocan sus esfuerzos en crear conciencia sobre el problema según el informe de intervida obre vidas explotadas señala que “más de 218 millones de niños de entre 5 y 14 años de edad están obligados a trabajar en todo el mundo. Uno de cada seis niños de todo el mundo de entre 5 y 17 años es explotado laboralmente de alguna forma. Una serie de causas hacen que estos niños se vean obligados a trabajar en las peores condiciones y en labores que muchos adultos rechazan. La necesidad de ayudar a los ingresos familiares es la razón más común para que los niños trabajen. La pobreza de millones de familias empuja a utilizar como mano de obra a todos sus miembros disponibles para intentar sobrevivir, y esto incluye a los niños y niñas tanto de países desarrollados como en vías de desarrollo. Sin duda estos datos revelan una de las principales causas del subdesarrollo y el retraso en la generación de capital humano, el deterioro y decadencia de la sociedad a nivel mundial.

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Según los Convenios 138 y 182 de la OIT, establecen los límites  divididos en tres categorías:

  1. Las peores formas de trabajo infantil, que internacionalmente se definen como esclavitud, trata de personas, servidumbre por deudas y otras formas de trabajo forzoso, reclutamiento forzoso de niños para utilizarlos en conflictos armados, prostitución, pornografía, y actividades ilícitas.
  2. Un trabajo realizado por un niño que no alcanza la edad mínima especificada para el tipo de trabajo que se trate, según la legislación nacional de acuerdo con normas aceptadas internacionalmente, y que impida la normal educación y el pleno desarrollo del niño.
  3. Un trabajo que ponga en peligro el bienestar físico, mental o moral del niño, ya sea por su propia naturaleza o por las condiciones en que se realiza, y que se denomina “trabajo peligroso”. La Convención 182 sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil establece un criterio para definir cuáles son estas peores formas de explotación. Según esta Convención, aprobada en 1999, las peores formas de trabajo infantil son:
    • Todas las formas o prácticas similares a la esclavitud, como la venta o tráfico de niños, trabajo por deuda, servidumbre y trabajo forzado.
    • El uso o la oferta de un niño para la prostitución o la producción de pornografía.
    • El uso o la oferta de un niño para actividades ilícitas, especialmente la producción y tráfico de drogas.
    • Todo aquel trabajo que por su naturaleza o circunstancias en las que se lleve a cabo, pueda dañar la salud, la seguridad o la moral del niño.

Un niño trabajador se desensibiliza ante una sociedad cada vez más cruenta, rompe con su ciclo natural de desarrollo, merma su capacidad de desarrollo.

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