Expresiones UDLAP

La lactancia materna como derecho

Dra. Miluska Orbegoso Silva

Profesora de tiempo completo del Departamento de Derecho

miluska.orbegoso@udlap.mx

 

La lactancia materna es un hecho natural concomitante con la existencia humana, la madre ha lactado a su niño recién nacido desde siempre; sin embargo, su reconocimiento jurídico, esto es, desde el Derecho, ha sido tardío. Así, hoy en día se reconoce a la lactancia materna como un bien jurídico protegido en tanto derecho de la madre como del niño.

A mediados del siglo XX, durante la guerra y la postguerra, debido a que las condiciones sociales eran de extrema pobreza, se insistió en el fomento de la lactancia materna mediante un movimiento ideológico apoyado por la religión, la política y la medicina como prevención para reducir la mortalidad infantil. Es así que la Organización Mundial de la Salud (OMS) toma la batuta a fin de difundir la promoción y protección de la lactancia materna, en tanto ésta, según señala el organismo, «es una forma sin parangón de proporcionar un alimento ideal para el crecimiento y el desarrollo sanos de los lactantes; también es parte integrante del proceso reproductivo, con repercusión importante en la salud de las madres. Como recomendación de salud pública mundial, durante los seis primeros meses de vida los lactantes deberían ser alimentados exclusivamente con leche materna para lograr un crecimiento, un desarrollo y una salud óptimos»[1].

Por tanto, se reconoce que la lactancia durante los primeros seis meses de vida aporta muchos beneficios tanto al niño como a la madre[2], mejora el desarrollo infantil y reduce los costos sanitarios, pues los Estados disminuyen su inversión al atender a niños y futuros adultos que enferman menos[3].

Para poder comprender la importancia de la lactancia materna en el desarrollo de un niño y en la salud de la madre, existen datos proporcionados por la OMS relevantes para estos efectos. La lactancia materna se trasforma en el medio idóneo para criar niños sanos, que no sufran enfermedades futuras, impidiendo su muerte prematura, pues la cifra estimada de muertes de niños por desnutrición es de 2.7 millones, lo cual representa el 45% de todos los decesos en niños; en tanto que «una lactancia materna óptima tiene tal importancia que permitiría salvar la vida de más de 820,000 menores de 5 años todos los años»[4].

Finalmente, cabe señalar que la Declaración de los Derechos del Niño de 1959 recoge en su artículo 24, apartado 2.e, la obligación de los Estados de promover los beneficios de la lactancia materna. Y este documento internacional no es el único que lo hace, ya que ésta es una ardua tarea que los Estados firmantes tienen que cumplir con el único y primordial objetivo de garantizar a la lactancia materna como un derecho efectivo tanto de la madre como del niño.

[1] Organización Mundial de la Salud (2002). Estrategia mundial para la alimentación del lactante y del niño pequeño, WHA55 A55/15.

[2] Organización Mundial de la Salud (2001). The optimal duration of exclusive breastfeeding. Report of an expert consultation, WHO/NHD/01.09, WHO/FCH/CAH/01.24.

[3] Idem.

[4] Organización Mundial de la Salud. Alimentación del lactante y del niño pequeño. Datos y cifras. Recuperado el 28 de mayo de 2018, de: http://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/infant-and-young-child-feeding

 

UDLAP

Somos partícipes de la formación de profesionales críticos, creativos e innovadores, con la conciencia social que exige la globalización. #TodosSomosUDLAP

Related Articles

Back to top button