Afores (crónica de una muerte anunciada) parte I: el inicio
Dra. Nora Gavira Durón
Profesora de tiempo completo del Departamento de Banca e Inversiones
Desde que se volvió del dominio público que las administradoras de fondos para el retiro (Afores) en 2016 invirtieran en la Fibra E, instrumento para financiar parcialmente la construcción del nuevo aeropuerto de la Ciudad de México (NAICM), se ha generado una ola de suposiciones y gran interés en lo que está pasando con el ahorro para el retiro de los trabajadores ahorrando en Inbursa, Pensionissste, Profuturo y XXI-Banorte (cuatro de las diez Afores registradas ante la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro [CONSAR]) ya que participaron en dicho instrumento con 13,500 millones de pesos, lo cual representa el 45% de la emisión; así como 0.9% del total de activos administrados por estas Afores. Existe una gran incertidumbre y se especula que las pérdidas registradas en los últimos trimestres están relacionadas con la cancelación del NAICM. Sin embargo, la razón por la que se llegó a estas pérdidas tiene sus orígenes desde la creación de las Afores hasta el incremento de tasas y volatilidad globalizada de las economías en la última década. Para analizar las causas, haremos un repaso de lo que ha sido el cambio del sistema de pensiones y su impacto en las pensiones de los trabajadores.
El cambio en el sistema de pensiones de México consistió, básicamente, en migrar de un modelo de beneficio definido (el trabajador sabe a cuánto ascenderá su pensión), donde el gobierno se encarga del déficit de las cuentas que no logren concentrar lo necesario para el pago de una pensión vitalicia de los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), como lo estipulaba la Ley del Seguro Social de 1973. A partir de la nueva Ley de 1997, se migra a un esquema de contribución definida, en donde se establece que cada trabajador contará con un fondo en una cuenta individual en una administradora de fondos para el retiro (Afore), por medio de sus sociedades de inversión de fondos de retiro (Siefore). A partir de su implementación, cada trabajador deberá acumular en su cuenta individual durante su vida laboral (hasta los 65 años) el monto suficiente para contratar una pensión vitalicia con una aseguradora, es decir, los trabajadores gozarán de un beneficio equivalente a lo que logren ahorrar.
Con la nueva Ley, existe la posibilidad de que los trabajadores que hayan cotizado 1,250 semanas (como lo establece la Ley) no acumulen la cantidad suficiente para dicha contratación de un plan de pensión, en este caso, el gobierno mexicano subsidiará una pensión mínima garantizada (un salario mínimo) y los trabajados que quieran gozar de una pensión vitalicia y no cuenten con los recursos necesarios al momento de su jubilación, deberán cargar con el déficit de su cuenta para lograr la compra de su pensión vitalicia. A partir de ese momento, los trabajadores deberían estar conscientes de que existe una alta probabilidad de que sus recursos acumulados no sean suficientes para una pensión digna.